BANDO ALCALDIA sobre casos COVID-19 en la 1ª semana de noviembre 10/11/2020

12 Noviembre 2020 Oficial
BANDO DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA

Don José Manuel Tortosa Ruiz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Las Pedroñeras, hago saber:

La Delegación de la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha en Cuenca ha resuelto en el día prorrogar la vigencia de las medidas de nivel III que se establecieron en Las Pedroñeras el pasado 29 de octubre, así como su modificación de conformidad con el “Plan de Actuación y Conjunto de Medidas de Control a aplicar en el ámbito Municipal en un escenario de brotes complejos y/o transmisión comunitaria de Covid-19”, de la Consejería de Sanidad, en su actualización de 9 de noviembre.

Las medidas impuestas se aplicarán hasta el 20 de noviembre de 2020.

A continuación se relacionan las modificaciones de las medidas que afectan de manera más significativa a nuestra vida cotidiana:

   ♦ Consideraciones Generales sobre Relaciones Sociales:

  • Quedan prohibidas las reuniones de un número mayor de 6 personas, en caso de no pertenecer al mismo grupo de convivencia estable.

   ♦ Actuaciones sobre locales de ocio:

  • Se suspende la actividad en el interior del local en bares, restaurante y resto de establecimientos de hostelería, así como en establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas en los que pueda existir servicio de hostelería asociado a su actividad.
  • Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50% del número máximo de mesas que tuvieran establecido previamente con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
  • Cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares a las 23:00 horas.
  • Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto en la terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.
  • Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 60 personas en espacio abierto y 30 en espacios cerrados. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas. Se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor siempre.

   ♦ Actividades religiosas de ámbito social:

  • Se limita a un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres.
  • Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos: Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo. La permanencia de personas en lugares de culto en espacios al aire libre no puede superar el número máximo de 100 personas.

   ♦ Medidas Complementarias:

  • Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades cuanto estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
  • Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no supere el grupo máximo de 6 personas.
  • Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada disminuirán su aforo máximo al 50% por ciento del habitual.
  • En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 20% en espacios interiores y del 50% en espacios exteriores.
  • Los mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.
  • En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del aforo máximo.

Resulta fundamental limitar al máximo los encuentros sociales, fuera de los grupos de convivencia estable.

Para ampliar información, en el siguiente enlace pueden consultar el resto de las medidas de nivel III contenidas en el “Plan de Actuación y Conjunto de Medidas de Control a aplicar en el ámbito Municipal en un escenario de brotes complejos y/o transmisión comunitaria de Covid-19”, de la Consejería de Sanidad:

https://sanidad.castillalamancha.es/ciudadanos/enfermedades-infecciosas/coronavirus/transicion-hacia-una-nueva-normalidad/medidas-especiales-de-contencion-frente-covid-19/medidas-especiales-nivel-3

En Las Pedroñeras, a 10 de noviembre de 2020.

EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo. José Manuel Tortosa Ruiz.

Ayuntamiento de Las Pedroñeras
Plaza de la Constitución nº1, Las Pedroñeras. 16660 (Cuenca). Tfno. 967 139 002. Fax: 967 160 765

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